El pasado mes de mayo, la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Senado aprobó por unanimidad una moción en la que se instaba al gobierno a adecuar las condiciones para acceder a la jubilación anticipada de las personas con discapacidad.
La propuesta, presentada por el Grupo Vasco (EAJ-PNV), responde de forma directa a una reivindicación histórica de nuestra Federación: garantizar que las personas con discapacidad pueden acceder a este derecho ya que, «aunque está contemplado en la ley, cuenta con grandes dificultades en su ejercicio dadas las condiciones recogidas en la normativa».
Con estas palabras resume Juan Carrión, Presidente de nuestra Federación y Fundación, una de las principales problemáticas que enfrenta el 70% de las personas que conviven con enfermedades raras y que cursan con discapacidad. Desde FEDER hemos identificado tres barreras normativas en la normativa actual reguladora del acceso a la jubilación anticipada de las personas con discapacidad que son, además, las que se recogen en la moción presentada en el Senado.
En primer lugar, explica Carrión que «el Real Decreto enumera de forma cerrada las discapacidades que pueden dar lugar a la reducción, lo que deja fuera la realidad de muchas personas y contradice el propio espíritu de la ley». A este respecto, nuestra propuesta pasa por incorporar otras enfermedades no numeradas en la actualidad, para que pueda hacerse efectivo ese derecho.
En segundo término, «el Real Decreto exige que los beneficiarios de este derecho hayan convivido con un grado de discapacidad igual o superior al 45% durante el periodo mínimo de cotización, pero desde FEDER entendemos que en estos casos lo que ha de priorizarse no es el mantenimiento del grado de discapacidad, sino la esperanza de vida de la persona». Ante ello, apostamos por permitir que el grado de discapacidad deba ser acreditado en el momento de solicitud de la prestación y no durante todo el periodo, como se exige en la actualidad.
Por último, para acceder a este derecho, el Real Decreto obliga a haber trabajado un tiempo no inferior al periodo mínimo de cotización de 15 años. Sin embargo, desde el colectivo de pacientes «creemos que es necesario establecer un periodo mínimo de cotización que se adapte a la situación de cada persona y de su enfermedad» resume Carrión. Ante ello, tanto FEDER como la moción presentada instamos a reducir de forma proporcional el periodo mínimo de 15 años que establece la norma.
Elevamos nuestras propuestas
La noticia se produce poco después de que el mismo grupo parlamentario presentara otra moción basada en las propuestas de FEDER: la actualización del Real Decreto que regula el subsidio de los padres de menores con enfermedades graves.
En 2011 se aprobó este RD a través del cual, se incorpora una prestación económica destinada a los progenitores que necesitan reducir su jornada laboral para poder dedicarse al cuidado de sus hijos. Seis años después, «las reclamaciones de estas prestaciones han aumentado ante la denegación injustificada por parte de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales» explicó Carrión.
Entre los últimos pasos, desde FEDER pudimos trasladar nuestras propuestas en una reunión mantenida el pasado mes de abril con Rafael Hernando, portavoz del PP en el Congreso de los Diputados, para poder trasladar a la Cámara Baja sus modificaciones, atendiendo al hecho de que «las Mutuas gestoras están utilizando los mismos argumentos para denegar la prestación cuando las situaciones son absolutamente diferentes» adelantó Carrión.
Última actualización: 01/08/2017.
Source: FEDER